Es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional. La Pensión Básica Solidaria de Vejez forma parte del Sistema de Pensiones Solidarias, creado a partir de la Reforma Previsional del año 2008, y sus montos son:
Tienen derecho a este beneficio personas que:
Al respecto, cabe destacar que el requisito de residencia podrá ser homologado a las personas que registren 20 años o más de cotizaciones en algún sistema previsional en Chile. Los beneficiarios que están inscritos en la Oficina Nacional de Retorno y Diplomáticos podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Es un beneficio económico mensual que se entrega a las personas entre 18 y menores de 65 años que han sido declaradas con invalidez, es decir, que no pueden llevar a cabo un trabajo, ya sea por problemas físicos o por alguna discapacidad intelectual y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto e inferiores a la Pensión Máxima con Aporte Solidario:
Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos que reciben pensiones de invalidez de bajo monto. Este beneficio permite mejorar o complementar las pensiones de invalidez inferiores a $164.356.- El Aporte Previsional Solidario de Invalidez forma parte del Pilar Solidario.
También conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional y que se encuentren hasta el 60% de Hogares de menores ingresos o mayor grado de vulnerabilidad.
El monto del Subsidio Familiar es de $13.832.- pesos por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($27.664.- pesos).
Las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
Los documentos requeridos para postular a Subsidio Familiar son los siguientes:
Toda vivienda afecta al pago de contribuciones debe pagar los Derechos de Aseo. Posteriormente, la Municipalidad hace devolución de estos derechos. Para esto, los interesados deben postular y cumplir con los siguientes requisitos:
Al momento de postular, se debe presentar la siguiente documentación:
La atención se realiza de lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas, en las oficinas del Departamento del Adulto Mayor, ubicadas en Camino El Alba N°9051.
Atención de público a cargo del Departamento de Acción y Asistencia Social, ubicado en Avenida Apoquindo N°9070.
El subsidio de agua potable es un beneficio que entrega el Estado, a través de las municipalidades, para ayudar a las familias más necesitadas del país. Consiste en el pago de una parte de su cuenta mensual de agua potable y alcantarillado, con un límite de consumo mensual de hasta 15 m3. Cubre el 50% de los primeros 15 m3 consumidos. Debe postular el jefe de hogar, siendo el mismo titular de la cuenta de servicio.
Los documentos requeridos para postular a Subsidio de Agua Potable son los siguientes:
JUNAEB cuenta con una plataforma web para postulaciones o renovaciones de estos beneficios, por lo que podrás ingresar al siguiente link: https://portalbecas.junaeb.cl/#/login. En el caso que de esta forma la postulación o renovación no sea satisfactoria, podrás acercarte al municipio para realizar la gestión con la documentación requerida.
Los plazos aún no se han definido, pero en general son a partir de diciembre de cada año para el año siguiente.
Documentación
Documentación
El Subsidio de Escolaridad tiene por objetivo aportar económicamente al pago del arancel de colegios particulares, particulares subvencionados, universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica reconocidos por el Ministerio de Educación (solo primera carrera), ubicados dentro de la Región Metropolitana y a alumnos que presenten necesidades educativas especiales. Los beneficiarios serán determinados por el Departamento de Subsidios y Programas Sociales dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario, en base a la situación socioeconómica de la familia.
Las postulaciones son online y se realizan desde el 01 de diciembre 2021 al 13 de enero 2022, para educación básica y media. Para la educación superior, serán desde el 01 al 30 de abril 2022.