Seguridad

Las Condes

STREAMING

Concejo municipal

Financiamiento de Proyectos

Proyecto FONDEVE

  • Publicación requerimientos y tipologías llamado 2025: noviembre de 2024.
  • Publicación bases de postulación llamado 2025: diciembre de 2024.
  • Postulación FONDEVE 2025: entre el 21 y el 27 de enero de 2025.

El Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) tiene por objetivo apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario, presentados por las Juntas de Vecinos de la comuna de Las Condes. Específicamente busca apoyar a través del cofinanciamiento de proyectos de mejoramientos de inmuebles, ayudando a mejorar la calidad de vida, dando soluciones a infraestructura, habitabilidad, sustentabilidad o eficiencia energética y seguridad.

Se invita a revisar en detalle el Reglamento sobre la postulación al FONDEVE y los requerimientos y anexos para la postulación que se realizará en enero de 2025.

¿Qué es el Fondeve?

El Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) tiene por objetivo apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario, presentados por las Juntas de Vecinos de la comuna de Las Condes.

¿Quiénes pueden presentar proyectos?

Las juntas de vecinos constituidas legalmente y con directorio vigente y activo, en representación de las comunidades beneficiarias directas del proyecto.

¿Qué tipos de proyectos se postulan?

Busca apoyar a través del cofinanciamiento de proyectos de mejoramientos de inmuebles, ayudando a mejorar la calidad de vida, dando soluciones a infraestructura, habitabilidad, sustentabilidad o eficiencia energética y seguridad. Ver tipologías de proyectos en documento “Tipologías de proyectos FONDEVE”.

Los proyectos serán presentados por Juntas de Vecinos vigentes por medio de la Ficha de Postulación que se anexará a las bases [Anexo N°1], firmada por el(la) presidente(a) y el(la) tesorero(a) de la organización. Deberá acompañar, además de la ficha, los siguientes antecedentes:

  1. Especificaciones Técnicas del proyecto, elaboradas y firmadas por un profesional competente, y planos en caso de ser necesario.
  2. Itemizado Oficial del Proyecto, esto es, listado de partidas y presupuesto detallado con valores actuales (elaborado por el(la) profesional a cargo del diseño o ITO del proyecto). [Anexo N°2]
  3. Informe de Ingeniero Calculista u otro profesional similar, cuando corresponda.
  4. Certificado de vigencia de la junta de vecinos y de la directiva y copia de su RUT.
  5. Certificado de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
  6. Copia del Acta de la Asamblea de socios de la junta de vecinos y/o de Copropietarios, según quien sea la organización beneficiaria, en que se apruebe el proyecto, la presentación al FONDEVE, las especificaciones técnicas, la designación del ITO y sus honorarios y el aporte de los vecinos. Por su parte, si el proyecto no tiene como beneficiarios una copropiedad inmobiliaria, sino sólo a un grupo de casas organizadas, será necesario presentar una carta de aceptación de la postulación de los beneficiarios en que se incluya el porcentaje de aporte, la definición del ITO, la postulación a FONDEVE y la aprobación de las Especificaciones Técnicas [Anexo N°6]. En aquellos casos que las Juntas de Vecinos presenten proyectos que patrocinen a conjuntos habitacionales regidos bajo la Ley N°21.442, sobre Copropiedad Inmobiliaria, éstos deberán cumplir con el quórum mínimo para la adopción de acuerdos por asamblea de copropietarios, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 15 de la citada norma.
  7. Certificado de la junta de vecinos que apruebe la designación del(a) Inspector(a) Técnico de Obras (ITO), junto con el respectivo contrato de prestación de servicios (o su borrador), cuando corresponda según el proyecto. Además, se deberá adjuntar el CV. [Certificado tipo ITO Anexo N°3].
  8. Listado de vecinos beneficiarios del proyecto con su Registro Social de Hogares (RSH) actualizado. Se pide que del total de las unidades residenciales consideradas en la postulación a lo menos un 70% de estas (casas, deptos., etc.), su jefe(a) de hogar cuente con inscripción de RSH [Listado de beneficiarios Anexo N°4, el RSH se puede completar en la página web https://registrosocial.gob.cl/]
  9. Tratándose de Comités de administración que requieran el patrocinio de una junta de vecinos para postular al FONDEVE, se requerirá, además, copia del Acta de la Junta de Vecinos en donde los socios autoricen a su directiva a patrocinar el proyecto, suscribir el contrato con el contratista o ejecutor y asumir las responsabilidades que de él deriven. [Acta tipo Junta de Vecinos Anexo N°5]

 

Las comunidades que resulten beneficiadas con el aporte FONDEVE no podrán volver a postular a este programa en los próximos 3 años siguientes. Al ser un fondo concursable, la postulación a FONDEVE no asegura su adjudicación.

Documentos que rigen la postulación 2025:

Contacto

Dirección Desarrollo Comunitario
Depto. de Proyectos de Inversiones en la Comunidad
Dirección: Santa Zita 9135, Las Condes

Teléfono Consultas: (+56 2) 32625241(+56 2) 32625291

Correo: inversioncomunidad@lascondes.cl

Preguntas Frecuentes

El Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) tiene por objetivo apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario, presentados por las Juntas de Vecinos de la comuna de Las Condes.

Podrán postular proyectos al Fondo de Desarrollo Vecinal las comunidades organizadas o condominios a través de las juntas de vecinos legalmente constituidas y con su directiva vigente.

 

Las familias que resulten beneficiadas con el aporte de financiamiento FONDEVE, no podrán volver a ser beneficiarias de este programa en los próximos 3 años siguientes, a contar de la fecha del Decreto Alcaldicio que autoriza y otorga el aporte para la ejecución del proyecto.

 

La postulación no asegura su adjudicación. El FONDEVE es un fondo que cuenta con una etapa de admisibilidad, una evaluación técnico-social y los proyectos postulados son evaluados en su forma y fondo, a modo de dilucidar la pertinencia y urgencia, en comparación con el resto de las postulaciones de las juntas de vecinos de la comuna.

La postulación al FONDEVE, será a través de un archivo descargable de la página web municipal, el cual contendrá la ficha de postulación y sus anexos, teniendo que ser completados por los medios digitales (no se debe completar manualmente con lápiz), impresos, firmados y timbrados, para posteriormente ser ingresados a Oficina de Partes Municipal, en un sobre cerrado dirigido a “Depto. Proyectos de Inversiones en la Comunidad” con la siguiente información: nombre de la organización, RUT y nombre del proyecto. El ingreso del sobre será en Oficina de Partes de la Municipalidad de lunes a viernes en horario de 8:30 a 13:30 hrs. y de 15:00 a 17:30 hrs. en las fechas establecida en las bases y en el Decreto Alcaldicio que llame a concurso.

Se deberá enviar también una copia digitalizada de los documentos de postulación al mail inversioncomunidad@lascondes.cl identificando el nombre del proyecto y la Junta de Vecinos postulante en el asunto del mail.

Podrán postular proyectos al Fondo de Desarrollo Vecinal las comunidades organizadas o condominios a través de las juntas de vecinos legalmente constituidas y con su directiva vigente.

 

Los proyectos son cofinanciados, esto quiere decir que debe haber un aporte de los vecinos y un financiamiento de la Municipalidad.

 

Según se indica en las Bases de Postulación, los formularios deben ser completados por medios digitales. La postulación al FONDEVE, será a través de un archivo descargable de la página web municipal, el cual contendrá la ficha de postulación y sus anexos, teniendo que ser completados por los medios digitales (no se debe completar manualmente con lápiz), impresos, firmados y timbrados.

Para consultas puede escribir al correo inversioncomunidad@lascondes.cl o llamar al Departamento de Proyectos de Inversiones en la Comunidad a los teléfonos 232625242 - 232625241 - 232625291.    

Ir al contenido