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Las Condes

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Concejo municipal

Departamento de Proyectos de Inversiones en la Comunidad

El artículo 45 de la ley N° 19.418, el cual establece normas sobre Juntas de vecinos y demás Organizaciones comunitarias, menciona la creación en cada Municipalidad de un Fondo de Desarrollo Vecinal que será administrado por el Municipio y estará compuesto por aportes municipales y de los propios vecinos y beneficiarios.

El objeto de este fondo, es apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las Juntas de Vecinos de la comuna de Las Condes. Específicamente busca apoyar a través del cofinanciamiento de proyectos de mejoramientos de inmuebles habitacionales, ayudando a mejorar la calidad de vida, dando soluciones a infraestructura, habitabilidad, sustentabilidad o eficiencia energética y seguridad.

Objetivos del beneficio:

 

  • Promover y ejecutar proyectos de mejora de infraestructura en espacios comunes en Las Condes.
  • Promover procesos de postulación a fondos idóneos y pertinentes mediante la entrega de asesorías a las comunidades de Las Condes.
  • Promover la gestión de comunidades organizadas que tengan necesidad de apoyo en el financiamiento para la ejecución de un proyecto desarrollado y detallado por un profesional.

 

A quién se dirige el beneficio:

 

  • A las Juntas de Vecinos constituidas legalmente y con directorio vigente y activo, y sus comunidades interesadas en participar en el programa y que cumplan con los criterios establecidos en el reglamento FONDEVE.

 

Tipos de proyectos a financiar:

 

  • Mejoramiento y reparación de espacios comunes de propiedades regidas por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
  • Proyectos que favorezcan el uso de energía limpia y la conservación del medio ambiente en comunidades.

 

Requisitos para acceder al beneficio:

 

  • Los establecidos en Reglamentos FONDEVE. 

 

Contacto para mayor información:

 

 

Teléfono
(+56 2) 232625241
(+56 2) 232625291

 

 

Dirección
Santa Zita N° 9135

Tiene como fin complementar la oferta de servicios que permitan mejorar la calidad de vida de la comunidad, buscando facilitar el proceso de ejecución de proyectos de obras de mantención que no califican para postular al Fondo de Desarrollo Vecinal.

Objetivos del beneficio:

 

  • Promover y ejecutar proyectos comunitarios de mejora de espacios comunes de menor envergadura en la comuna.
  • Fomentar procesos de postulación a fondos idóneos y correctos mediante la entrega de herramientas y asesorías a la comunidad de Las Condes.

 

A quién se dirige el beneficio:

 

  • Juntas de Vecinos y comunidades regidas por la Ley N°21.442, con necesidades de mejoramiento de sus entornos.

 

Requisitos para acceder al beneficio:

 

  • Que cumplan con los criterios establecidos en el reglamento de MCI.

 

Contacto para mayor información:

 

 

Teléfono
(+56 2) 3262 5242

 

 

Dirección
Santa Zita N° 9135

Si como vecino de Las Condes presentas problemas de habitabilidad en tu vivienda, y no cuentas con los medios económicos para realizar las reparaciones necesarias, podemos apoyarte a buscar una mejor calidad de vida a través de la ejecución de obras destinadas a la reparación, mantenimiento, mejoramiento y adaptabilidad.

Objetivos del beneficio:

 

  • Promover y ejecutar proyectos que buscan mejorar condiciones de habitabilidad de viviendas.
  • Apoyar a vecinos que requieran mejorar condiciones de habitabilidad de sus viviendas mediante la entrega de asesorías técnicas.

 

A quién se dirige el beneficio:

 

  • Vecinos/as de Las Condes que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y requieran mejorar la calidad de sus viviendas, así como el nivel de accesibilidad en el caso de personas con movilidad reducida o en situación de discapacidad. Además, aquellos afectados por situaciones de emergencias (incendios, inundaciones y otros).

 

Requisitos para acceder al beneficio:

 

  • Personas mayores de 18 años.
  • Acreditar condición de propietario o usufructuario vitalicio de la vivienda y residir en el domicilio en el cual se requiere realizar obras de mejoramiento. 
  • Encontrarse incorporado en el Registro Social de Hogares o instrumento que lo reemplace. 
  • Presentar situación de vulnerabilidad social, económica o necesidad manifiesta. 
  • Contar con informe de factibilidad técnica favorable de la obra a ejecutar, emitido por profesional de la Dirección de Desarrollo Comunitario arquitecto, constructor civil u otro pertinente a la obra a realizar; el cual contendrá entre otros aspectos: itemizado general de materiales y plazo estimado de ejecución. 
  • No ser beneficiarios del Subsidio para Reparación y Mejoramiento de la Vivienda, Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 
  • En los casos en que, producto de situaciones de emergencia, se requiera realizar trabajos de reparación de viviendas; solo será requisito contar con:
    • Informe técnico que acredite necesidad y factibilidad técnica de la obra, emitido por profesional arquitecto, constructor civil o similar, que determine la Dirección de Desarrollo Comunitario.
    • Expediente de Seguridad Pública de Las Condes.
    • Informe social emitido por asistente social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.

 

Contacto para mayor información:

 

 

Teléfono
(+56 2) 3262 5242

 

 

Dirección
Santa Zita N° 9135

La ley faculta a los municipios para contribuir al financiamiento de proyectos de interés local propuestos por personas jurídicas de carácter público o privado sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales y estén orientados al bienestar de la comunidad.

Para llevar a cabo una postulación ordenada y contar con mecanismos de evaluación para seleccionar los proyectos a financiar, la municipalidad desde el año 1998 lleva a cabo el proceso de otorgamiento de subvención a través de Fondos Concursables.

Así, busca fomentar y facilitar el desarrollo de proyectos alineados con los objetivos de la municipalidad y la DECOM, ejecutados por organizaciones con personalidad jurídica y sin fines de lucro.

Objetivos del beneficio:

 
  • Promover la realización de proyectos alineados con los objetivos de la Municipalidad y la Dirección de Desarrollo Comunitario,  a través de la entrega de Subvención Municipal mediante Fondos Concursables.
 

A quién se dirige el beneficio:

 
  • Organizaciones con personalidad jurídica de carácter público o privado sin fines de lucro; que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales y estén orientados al bienestar de la comunidad (Juntas de Vecinos, Clubes Deportivos, Clubes de Adulto Mayor, Conjuntos Folklóricos, Fundaciones, Corporaciones, ONGs, etc) y su población beneficiaria.
 

Requisitos para acceder al beneficio:

 
  • Ser organización con personalidad jurídica, de carácter público o privado, sin fines de lucro.
  • Presentar los documentos requeridos en las Bases de Postulación.
  • Presentar los documentos requeridos para el otorgamiento de la subvención: Certificado de vigencia de la organización; Balance; Inventario; Cuenta bancaria; Listado de socios; Rut de la organización.
 

Contacto para mayor información:

 
Teléfono
(+56 2) 29508372
 
Dirección
Santa Zita N° 9135

Dirección

Santa Zita N° 9135

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