Ley N°21.249 permite postular a convenios de pago con empresas de servicios básicos
Las empresas proveedoras de servicios sanitarios, empresas y cooperativas de distribución de electricidad, así como las empresas de distribución de gas de red, no podrán cortar el suministro por mora en el pago, entre otros, a los usuarios residenciales o domiciliarios.
Los usuarios de servicios básicos pueden solicitar la postergación y prorrateo de pagos de sus cuentas.
Les damos a conocer las medidas excepcionales en favor de los usuarios y cómo formular las solicitudes para acceder a beneficios de prorrateo.
Ley 21.249 de Servicios Básicos: fue publicada el 08 de agosto de 2020 y tiene vigencia hasta el 06 de noviembre de 2020.
Principales consideraciones:
Impide corte de suministro por no pago a usuarios residenciales y otros segmentos específicos: hospitales y centros de salud, cárceles, hogares de menores en riesgo social y de larga estadía de adultos mayores, bomberos, organizaciones sin fines de lucro y microempresas.
Permite a clientes que cumplan condiciones detalladas más adelante solicitar que las deudas contraídas con empresas de servicios básicos, entre el 18 de marzo y el 06 de noviembre de 2020, se prorrateen en hasta 12 cuotas a elección del cliente, sin multas ni intereses.
Requisitos para acceder a este beneficio:
- Estar dentro del 60% más vulnerable del RSH.
- Ser adulto mayor, mayor de 60 años, de acuerdo a ley 19.828.
- Estar percibiendo las prestaciones de la Ley N° 19.728 (seguro de desempleo).
- Presentar alguna causal de la ley 21.227 que faculta acceso a prestaciones de la ley 19.728 (seguro de desempleo) en circunstancias excepcionales, por suspensión o reducción de jornada laboral.
- Ser trabajador independiente que acredite disminución significativa de ingresos, mediante declaración jurada simple.
Puedes postular directamente en https://www.enel-digital.cl/ley-21249/
Infórmate sobre la ley 21.249 y sus requisitos en: http://enl.cl/ley21249 y https://enl.cl/facilidades-covid19.