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Las Condes

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Concejo municipal

Debes llamar inmediatamente a los teléfonos 22950 7949 y 22950 7941 o escribir un correo a dao@lascondes.cl.

Solicita la tasación por excedente a la Dirección de Aseo y Ornato llamando a los teléfonos 22950 7949 y 22950 7941, escribiendo un correo a dao@lascondes.cl o de forma presencial en en Avenida Paul Harris 190.

Los pagos de las tasaciones deberás cancelarlos en la Tesorería Municipal, en Apoquindo Nº 3.400, piso -1, teléfono 22950 7010. Los valores por retiro estarán sujetos a cambios por modificaciones que puedan tener las Ordenanzas de Aseo y Ornato, Derechos Municipales y variación de la UTM.

Existen 10 Puntos Limpios en distintos sectores de la comuna. En ellos puedes depositar papeles y cartones, botellas y frascos de vidrio, envases plásticos para bebida PET1 y envases de cartón para alimentos Tetra Pak.
Además puedes llevarlos al Punto Verde ubicado en Cerro Colorado 5051.

Si tienes escombros, muebles o electrodomésticos en desuso u otros objetos de mayor volumen que necesites desechar, solicita orientación para su retiro a los teléfonos 22950 7941 - 22950 7949 y un inspector municipal hará una visita a tu domicilio para coordinar los pasos a seguir. Este es un servicio pagado que presta el municipio, cuyo valor se cancela en la Tesorería Municipal, Avda. Apoquindo 3400, en horario de 8:30 a 13:30 horas, de lunes a viernes.

La Oficina de Medio Ambiente se ubica en Paul Harris Sur 190, sus teléfonos son 22950 794022950 7941 y su correo es dao@lascondes.cl.

El Servicio Nocturno es al día siguiente de la recolección de residuos domiciliarios, en el caso del Servicio Diurno, es el mismo día, pero después de la recolección de residuos domiciliarios

La limpieza de los paraderos de buses es una vez al día y en paradas del alto flujo de usuarios dos veces, de lunes a sábado.

La limpieza de papeleros es una vez al día y en paradas del alto flujo peatonal dos veces, de lunes a sábado.

 

El servicio de barrido manual de calles es un día a la semana. El servicio de máquina barredoras con aspirado se realiza dos veces por semana.

 

El servicio de limpieza y lavado de paseos peatonales se realiza a lo menos dos veces por semana.

De acuerdo a la Ordenanza de aseo en su articulo 5º establece la obligación de mantener permanentemente aseadas las veredas o aceras y/o perímetro de los predios que ocupan, barriéndolas diariamente y lavándolas si fuera necesario.

 

No, sólo está permitido por ley el borrando de graffitis de muros públicos en mobiliario urbano, puentes y pasos sobre nivel.

 

El Municipio retira hasta 120 litros semanales.

El Municipio dispuso, para el retiro de residuos domiciliarios, la entrega de contenedores de 120 litros, por una vez y sin reposición según disponibilidad con el fin de minimizar los tiempos de retiro y mantener el orden y limpieza en el día de recolección domiciliario. Se excluyen los pasajes, condominios, empresas e instituciones públicas. Por lo anterior, el Municipio recomienda que todos los domicilios tengan un contenedor de 120 litros.

Departamento de la Discapacidad

Preguntas frecuentes

Departamento de la Discapacidad

Preguntas Frecuentes

Personas en situación de discapacidad, residentes en la comuna de Las Condes, sin perjuicio del tipo y grado de discapacidad.
Condiciones mínimas a cumplir:

    • Ser residente en la comuna de Las Condes
    • Tener acreditada una discapacidad

 

    • Completar formulario de inscripción en el Departamento de la Discapacidad

 

    • Tener Tarjeta Vecino

 

La única institución que define tipo y grado de discapacidad es la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), a los vecinos de la comuna les corresponde el ubicado en Antonio Varas N°541 (Esquina Eleodoro Yáñez).

La persona con discapacidad o su tutor debe dirigirse a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) para retirar los Formularios “Informe Biomédico Funcional”, “Informe Social y de Red de Apoyo”, cabe indicar que en el Departamento se dispone de ejemplares de los formularios para ser entregados a los vecinos que lo soliciten, además de enviarlos vía email cuando sean requeridos.

Procedimiento para la obtención de Credencial de la Discapacidad:

    • Concurrir al médico tratante para completar la solicitud de evaluación. (“Informe Biomédico Funcional”).

 

    • Completar por asistente social, “Informe Social y de Red de Apoyo”; Para personas pertenecientes a FONASA, la gestión se efectúa en el Consultorio más cercano a su domicilio, en el caso de las personas afiliadas a ISAPRE, pueden solicitar; la gestión en el Departamento Capacidades Diferentes (Av. Apoquindo N° 9070).

 

    • Después de completar la documentación, el solicitante y/o su tutor debe acudir al Compin y presentar la documentación, adjuntando fotocopia de cédula de identidad y antecedentes médicos complementarios (si dispone).

 

    • Compin recepciona los antecedentes y cita a evaluación del postulante a través de instrumento denominado IVADEC, esta evaluación puede ser aplicada a la persona en situación de discapacidad y/o a su tutor según corresponda.

 

    • El Compin emite una resolución que certifica el tipo y grado de la discapacidad de la persona solicitante e internamente remite los antecedentes para registro al Registro Civil Central.

 

    • El Registro Civil, vía correo envía al domicilio del solicitante la credencial de la discapacidad, sin perjuicio que la persona pueda solicitar la emisión de un certificado de la inscripción en el Registro Civil más próximo a su domicilio.

 

Con todo lo anterior, el solicitante queda inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y puede hacer uso de los beneficios para los cuales le habilita la credencial.

Es el instrumento que acredita la posibilidad de recibir apoyo a través de los municipios, estacionar en los lugares definidos para personas con discapacidad (la cruz de malta no rige), requerir ayudas técnicas vía SENADIS, acceder a la importación de vehículos con rebajas arancelarias, participar de proyectos vía SENADIS, entre otras múltiples aplicaciones.

El Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS, es un servicio público autónomo, relacionado con el Estado a través del Ministerio de Planificación, creado en el año 2010 a través de la Ley 20.422, que establece normas de Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. La Ley se basa en principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social. Además establece nuevos organismos `para abordar los desafíos que genera la plena inclusión social de las personas con Discapacidad. La Ley 20.422 ordena destinar sus recursos preferentemente a los siguientes objetivos:

    • Financiar, total o parcialmente, la adquisición por parte de terceros de ayudas técnicas, destinadas a personas con discapacidad de escasos recursos o a personas jurídicas sin fines de lucro que las atiendan.

 

  • Financiar, total o parcialmente, planes, programas y proyectos en favor de las personas con discapacidad, que sean ejecutados por terceros y que, de preferencia, se orienten a la prevención, diagnóstico, rehabilitación, capacitación e inserción laboral y equiparación de oportunidades.


La dirección de SENADIS está a cargo de un Consejo, máxima autoridad de la institución, presidido por el Ministro de Mideplan y compuesto por representantes de los ministerios del área social: Salud, Trabajo y Previsión Social, Educación, Vivienda y Urbanismo, Transportes y Telecomunicaciones; de las diferentes discapacidades, mental, síquica, física, visual y auditiva; de los trabajadores, de los empresarios y de dos instituciones que prestan servicios a las personas con discapacidad, sin fines de lucro.

Oficina Región Metropolitana:
Coordinadora: Soledad Narbona Rocuant
Dirección: Pasaje Rosa Rodríguez 1339, Santiago Centro
Teléfono: 2 28103981
Correo Electrónico: snarbona@senadis.cl

Preguntas Frecuentes

Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil

Está compuesto por 27 miembros en total; 9 miembros representantes de organizaciones comunitarias de carácter territorial, 4 miembros representantes de organizaciones comunitarias de carácter funcional, 6 miembros que representarán a las organizaciones de interés público de la comuna, 2 miembros representantes de asociaciones gremiales y organizaciones sindicales y 6 miembros representantes de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.

  1. Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la Ley N°19.418;
  2. Tener un año de afiliación a una organización del estamento, en caso que corresponda, en el momento de la elección;
  3. Ser chileno o extranjero avecindado en el país;
  4. No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva,

 

La inhabilidad contemplada en la letra d) quedará sin efecto una vez transcurrido el plazo contenido en el artículo 105 del Código Penal, desde el cumplimiento de la respectiva pena.

Serán también aplicables a los miembros del Consejo Comunal las mismas causales de inhabilidad e incompatibilidad para los miembros del Concejo Municipal establecidas en el artículo 75 de la Ley N°18.695.

  • a) Los ministros de Estado, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los intendentes, los gobernadores, los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, los parlamentarios, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República;
  • b) Los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, así como los del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales, los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones
  • c) Las personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones con la Municipalidad. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con la Municipalidad, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes o litigios pendientes, con la Municipalidad. Tampoco podrán desempeñar el cargo de consejero:

  • a) Los que durante el ejercicio de tal cargo incurran en alguno de los supuestos a que alude el artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y que se señalan en la letra c) del artículo 7º de este Reglamento.
  • b) Los que durante su desempeño actuaren como abogados o mandatarios en cualquier clase de juicio contra la Municipalidad.

Los consejeros cesarán en el ejercicio de sus cargos por las siguientes causales:

  • Renuncia, aceptada por la mayoría de los consejeros en ejercicio. Con todo, la renuncia que fuere motivada por la postulación a un cargo de elección popular no requerirá acuerdo alguno;
  • Inasistencia injustificada a más del 50% de las sesiones ordinarias anuales, o seis sesiones sucesivas en cualquier período, sin excusa suficiente;
  • Inhabilidad sobreviniente;
  • Pérdida de algún requisito para ser elegido consejero;
  • Incurrir en alguna de las incompatibilidades contempladas en el artículo 75 de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
  • Pérdida de la calidad de miembro de la organización que representen
  • Extinción de la persona jurídica representada.

Si un consejero titular cesare en su cargo, pasará a integrar el Consejo el respectivo suplente, por el período que reste para completar el cuadrienio que corresponda.

Para representantes de Organizaciones Comunitarias Territoriales

La Secretaría Municipal, con treinta días de anticipación a la fecha de la elección de dichos consejeros, publicará un listado con las organizaciones comunitarias territoriales con derecho a participar en el proceso electoral. (Se considerarán las organizaciones vigentes en el Registro Municipal ese mismo día y no vigentes las disueltas, extinguidas o que no hayan presentado antecedentes los últimos 5 años)

Para representantes de Organizaciones Comunitarias Funcionales

Con treinta días de anticipación a la fecha de la elección, publicará un listado que incluya las organizaciones comunitarias funcionales que tengan domicilio en la comuna con derecho a participar en el proceso electoral.Para la elaboración de este listado, dicha Secretaría considerará que las organizaciones comunitarias inscritas en el registro comunal y que además se encuentren vigentes. Se considerarán no vigentes las organizaciones disueltas, extinguidas o que no hayan presentado antecedentes relativos a la renovación o elección de sus órganos directivos, los últimos cinco años.

Para representantes de Organizaciones de Interés Público

Con treinta días de anticipación a la fecha de la elección, la Municipalidad publicará un listado que incluya las organizaciones de interés público con derecho a participar en el proceso electoral.

Las organizaciones de Interés Público con derecho a participar, serán aquellas inscritas en el Catastro de Organizaciones de Interés Público que establece el artículo 16 de la Ley N° 20.500 y aquellas que tengan este carácter por el ministerio de la ley. Se consideraran dentro de este tipo de entidades las asociaciones y comunidades indígenas constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.253. Todas las antes nombradas, deben estar vigentes y tener domicilio en la comuna. No obstante podrán participar aquéllas organizaciones de interés público que no teniendo domicilio principal en la comuna tengan sede u oficina, para lo cual deberán inscribirse, acompañando los antecedentes necesarios, dentro del plazo de quince días de publicado el listado.

Para representantes de Asociaciones Gremiales, Organizaciones Sindicales y Actividades Relevantes para el Desarrollo Económico, Social y Cultural de la Comuna

Con la misma finalidad, tiempo y forma que para las otras organizaciones, la Municipalidad las convocará y deberán inscribirse durante el período que se señale al efecto en la convocatoria, en un registro especialmente habilitado para dicho efecto por la Secretaría Municipal.

Para ello, su representante legal deberá exhibir el correspondiente certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo o por la Dirección del Trabajo, según corresponda. Dicho certificado no podrá tener una antigüedad superior a treinta días.

Las empresas deberán exhibir fotocopia de patente municipal vigente de las Condes.

Para efectos de la definición de cuáles entidades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna podrán integrarse al Consejo, el Comité Ejecutivo le propondrá al Alcalde un listado con las actividades de la comuna que tengan las características señaladas, esto es, que se trate de empresas comerciales, industriales y de profesionales destacados que desarrollen actividades dentro del territorio comunal. A dicha nómina el Alcalde podrá incorporar otras.

Publicación

La publicación incluirá listado, invitación a participar fecha, hora y lugar de la elección. Se informará a través del portal municipal y en un diario de circulación en toda la comuna, sin perjuicio de publicarse en forma destacada en dependencias municipales. Terminada la publicación y el plazo para inscribirse el Secretario Municipal deberá certificarlo.

Desde la publicación hay 7 días para reclamar la omisión o no inclusión en el listado. Se hará por escrito y con los antecedentes necesarios ante el Concejo Municipal. Para esto la presentación escrita y fundada, más los antecedentes, se harán llegar a la Secretaría Municipal.

Al momento de constituirse cada colegio electoral, los representantes de organizaciones que deseen postularse como electores o candidatos a consejeros deberán inscribirse en un registro especialmente habilitado al efecto, acreditando la vigencia de la directiva que representan o que les han conferido poder. Iniciada la Asamblea no podrán participar más representantes u organizaciones que los que se encuentren inscritos en el registro respectivo.
El acto eleccionario se realizará en votación directa y secreta. Cada elector dispondrá de los votos que le correspondan según el estamento al que pertenezcan, no pudiendo recaer más de uno en una sola persona.

  • Organizaciones Comunitarias Territoriales 3 votos
  • Organizaciones Comunitarias Funcionales 2 votos
  • Organizaciones de Interés Público 2 votos
  • Asociaciones Gremiales y Organizaciones Sindicales 1 voto
  • Entidades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna 2 votos

Elección

  • El representante de cada organización deberá inscribirse en el registro habilitado al efecto y se constituirán en colegio.
  • Para la validez de la primera elección deberá asistir, a lo menos un tercio de las organizaciones consignadas en el padrón. De no reunirse el quórum, el Secretario Municipal convocará a una nueva elección, constituida con los representantes que asistan,
  • Resultarán electos quienes obtengan las primeras mayorías individuales, hasta completar el número de consejeros a elegir por el respectivo estamento.
  • Las mayorías inmediatamente siguientes quedarán elegidos como consejeros suplentes, según estricto orden de prelación
  • En caso de empate, la asignación del cargo se dirimirá por sorteo.
  • En caso de asistir a la asamblea un número de personas inferior al número de vacantes a llenar, las personas que asistan quedarán incorporadas por derecho propio.
  • Los consejeros comunales durarán cuatro años en sus funciones.
  • Las Sesiones son presididas por el Alcalde y en su ausencia, el consejo será presidido por el Vicepresidente que elija el propio consejo comunal de entre sus miembros. El Secretario Municipal desempeñará la función de ministro de fe de dicho organismo
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

I.      Declaración de cuarentena en Las Condes

Circulación en horas de cuarentena, entre 05:01 y 21:59 horas

Desde las 22:00 horas del jueves 26 de marzo 2020, comenzará a regir cuarentena total en siete comunas de la Región Metropolitana: Independencia, Santiago, Providencia, Ñuñoa, Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea. Para poder circular, las personas necesitarán un permiso temporal.

1.1 Permisos individuales:

¿Qué es el permiso individual?

El permiso individual es un permiso temporal para poder circular por tiempo limitado, en zonas con régimen de cuarentena total, a fin de que las personas puedan realizar actividades fundamentales y abastecerse de servicios esenciales. Este permiso:

a.  Puede acceder todo ciudadano que se encuentre bajo régimen de cuarentena total y requiera salir de su hogar para realizar trámites imprescindibles para el bienestar de los miembros del hogar

b.  Solo puede ser solicitado directamente por quien se trasladará de un lugar a otro 

c.  El permiso es personal, único e intransferible y pierde vigencia una vez que vence el plazo para el que fue otorgado.

d.  No puede ser utilizado como salvoconducto en caso de que se decrete toque de queda

e.  El permiso de circulación es por un tiempo limitado, para los siguientes casos:

  • Asistencia a servicios de salud: 24 horas
  • Compra de bienes básicos: 4 horas
  • Salida de persona con trastorno de espectro autista: 2 horas
  • Paseo de mascotas: 30 min
  • Pago de servicios básicos, trámites bancarios y cobro de pensiones: 4 horas
  • Retorno al lugar de residencia: 24 horas
  • Asistencia a funerales: 5 horas si reside en la misma región del funeral y 24 horas si el funeral es en otra región
  • Retiro de alimentos desde organismos públicos, ej. JUNAEB: 6 horas
  • Comparecencia en virtud de una citación a la que un abogado u otras personas deban concurrir en virtud de la ley, hasta el cumplimiento de la gestión
  • Otros que la autoridad competente fundamente o autorice

¿Cómo se obtiene el permiso individual?

PASO 1: Ingrese a www.comisariavirtual.cl

PASO 2: Seleccione el permiso que necesita

PASO 3: Ingrese clave única (si no tiene, ver: qué hacer si no tengo clave única) 

PASO 4: Complete los datos del formulario

PASO 5: Presione la alternativa SIGUIENTE y descargue el permiso. Además de esto, le llegará una copia a su correo electrónico.

PASO 6: Guarde el documento en su dispositivo electrónico (computador, celular, tablet) o imprímalo para salir.

¿Qué hago si no tengo clave única?

Si no tiene aún su clave única tiene dos alternativas:

a.  Solicitar su clave en el registro civil de Las Condes, ubicado en Avenida Apoquindo 4501, que atiende 9:00 a 13:00 horas.

b.  Solicitar el permiso temporal directamente en las comisarías de Carabineros de la comuna.

  • 17 Comisaría de Las Condes ubicada en Las Tranqueras 840
  • 47 Comisaría de Los Dominicos ubicada en Camino el Alba 9210

c.  Si la persona sacó su carnet de identidad dentro de los últimos 4 años, puede recuperar su clave única en el siguiente link:  https://claveunica.gob.cl/recuperar

1.2 Permisos especiales: Autorizaciones para cuarentena territorial y cordones sanitarios

Existe un listado de casos en que se autorizará el desplazamiento de personas sólo para los fines específicos, los que se indican a continuación. Se considerará como permiso válido que autorizará el desplazamiento, la credencial institucional, pública o privada, o documento institucional que acredite su calidad de trabajador del rubro específico que se indica a continuación, siempre con su respectiva cédula nacional de identidad.

a)  Salud.

  • Profesionales de la salud y laboratorios. Funcionarios de instituciones públicas o privadas, que desarrollan funciones en este ámbito sin restricciones, incorporando a empresas que ofrecen servicios de alimento y limpieza en estos recintos. Extendiéndose a hoteles de cuarentena, estadios y centros de convenciones u otros destinados a atención de pacientes, y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
  • Personal de farmacias, laboratorios, empresas químicas y productores de medicamentos.
  • Personal de servicios veterinarios y que preste servicios en un bioterio.

b)  Servicios de utilidad pública.

  • Personal que trabaja en los aeropuertos portando su TICA o credencial, en el caso de tripulaciones, y su cédula de identidad.
  • Personal de suministro de energía y de las centrales de operaciones (generación, transmisión, almacenamiento y distribución), tanto público como privado.
  • Personal de suministro de agua potable y centrales de operaciones.
  • Personal de suministro de gas y centrales de operaciones.
  • Funcionarios de las estaciones de servicio y distribuidoras de combustible.
  • Personal que cumple labores esenciales para el funcionamiento de las autopistas. Personal de servicios de telecomunicaciones, data center y centrales de operaciones.
  • Personal que trabaja en reactores nucleares.
  • Personal de bancos e instituciones financieras, cajas de compensación, transporte de valores y empresas de seguros que pagan rentas vitalicias.
  • Personal de Isapres y AFP´s.
  • Personal de servicios funerarias y cementerios.
  • Trabajadores de empresas recolectoras de basura, fosas sépticas y rellenos sanitarios.
  • Prestadores de servicios en empresas de correos, sean éstas públicas o privadas, y de delivery.

c)  Alimentos y comercio esencial.

  • Personas que presten servicios en supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento, distribución y producción de alimentos. Como asimismo el comercio de bienes esenciales del hogar. Los feriantes sólo cuando presenten su patente y su respectiva cédula de identidad.
  • Trabajadores de almacenes de barrio, locales de expendio de alimentos, ferreterías y otros insumos básicos, sólo cuando sean atendidos por sus propios dueños (de acuerdo a la normativa laboral).
  • Personal de empresas de agro alimentos, productores silvícolas y agrícolas, respecto de los predios y faenas en los que se estén realizando procesos críticos (siembra, cosecha, procesamiento y distribución), así como labores de pesca y procesamiento de pescados y mariscos, producción de alimentos para animales, aves y piscicultura y producción de celulosa y productos de papel, cartón y derivados.

d)  Transportes.

  • Personal que se desempeña en el transporte público (buses, metro, metro tren u otros).
  • Transportistas de bienes indispensables. Sólo el personal indispensable para desempeñar las funciones para el transporte de carga y descarga de bienes de las empresas públicas y/o privadas respecto de los rubros señaladas en este documento. La guía de despacho será el permiso sanitario para el transportista

e)  Seguridad.

  • Conserjes y funcionarios de seguridad ya sean de edificios, condominios y otro tipo de propiedades.
  • Empresas de seguridad, recursos tecnológicos y relacionadas sin credencial de la OS10 de Carabineros de Chile.

f)    Prensa.

  • Periodistas y miembros de los medios de comunicación (canales de TV, prensa escrita, radio y medios de comunicación online).

g)  Educación.

  • Asistentes de la educación y Docentes que estén cumpliendo turnos éticos.

h)  Sector público.

  • Funcionarios y servidores públicos, en el marco del cumplimiento de sus funciones. Se incluye en esta categoría a los funcionarios municipales y pertenecientes a instituciones públicas autónomas.
  • Miembros del Cuerpo Diplomático que deberá portar su credencial diplomática.

i)    Otros.

  •  Personas que presten servicios en hoteles en los que se mantengan huéspedes.
  • Actividades que por su naturaleza no pueden detenerse y cuya interrupción genera una alteración para el funcionamiento del país, debidamente determinado por la autoridad competente.

Circulación en horas de toque de queda, entre 22:00 y 05:00 horas

Desde el 23 de marzo 2020 se ha decretado toque de queda nacional entre las 22:00 y las 05:00 horas. Para circular, se requiere de un salvoconducto.

¿Qué es un salvoconducto?

El salvoconducto es una autorización de circulación en Toque de Queda. Esta autorización tiene las siguientes características:

a)  Solo puede ser solicitado directamente por quien se trasladará de un lugar a otro

b)  El salvoconducto es personal, único e intransferible y pierde vigencia una vez que vence el plazo para el cual fue otorgado.

2.1 Salvoconducto Individual

¿Cómo se obtiene el salvoconducto individual? 

PASO 1: Ingrese a www.comisariavirtual.cl

PASO 2: Seleccione el permiso que necesita

PASO 3: Ingrese clave única (si no tiene ver: qué hacer si no tengo clave única) 

PASO 4: Complete los datos del formulario

PASO 5: Presione la alternativa SIGUIENTE y descargue el permiso. Además de esto, le llegará una copia a su correo electrónico.

PASO 6: Guarde el documento en su dispositivo electrónico (computador, celular, tablet) o imprímalo para salir.

¿Qué hago si no tengo clave única?

Si no tiene aún su clave única tiene dos alternativas:

a)  Solicitar su clave en el registro civil de Las Condes, ubicado en Avenida Apoquindo 4501, que atiende 9:00 a 13:00 horas.

b)  Solicitar el permiso temporal directamente en las comisarías de Carabineros de la comuna.

  • 17 Comisaría de Las Condes ubicada en Las Tranqueras 840
  • 47 Comisaría de Los Dominicos ubicada en Camino el Alba 9210

2.2 Salvoconducto colectivo a empresas

Esta autorización tiene como principal objetivo el funcionamiento adecuado de los servicios básicos, de utilidad pública y de alta valoración social en horario de toque de queda

¿Quiénes pueden acceder al salvoconducto colectivo?

  1. Suministro de energía, agua y gas 
  2. Transporte público
  3. Estaciones de servicio y distribución de combustible 
  4. Reactores nucleares
  5. Bancos e instituciones financieras y transporte de valores
  6. Servicios funerarios y cementerios
  7. Telecomunicaciones
  8. Supermercados, mercados, ferias y centros de abastecimiento
  9. Almacenes de barrio, panaderías y otros insumos básicos
  10. Farmacias
  11. Laboratorios y productores de medicamentos 
  12. Distribuidores de diarios y periódicos
  13. Empresas de agro alimentos, productores silvícolas y agrícolas
  14. Medios de comunicación 
  15. Correos
  16. Empresas de minería y relacionadas
  17. Portuarias y transporte marítimo
  18. Aeropuertos y terminales de buses
  19. Empresas recolectoras de basura y residuos sanitarios

¿Cómo se obtiene el salvoconducto colectivo? 

PASO 1: Ingrese a www.comisariavirtual.cl

PASO 2: Haga click en Ingreso Funcionarios

PASO 3: Ingrese usuario y contraseña

PASO 4: Seleccione permisos temporales y salvoconductos

PASO 5: Complete los datos incluidos los funcionarios que estarán trabajando

PASO  6:  Al apretar siguiente ya estará finalizado el trámite y podrá descargar el salvoconducto colectivo. Además, le llegará una copia a su correo electrónico

PASO  7:  Envíe el documento a cada uno de los funcionarios mencionados en el

documento para que puedan mostrarlo con su celular o impreso en caso de control

Servicios de aseo

¿Luego de la declaración de cuarentena, qué pasará con el servicio de aseo en la comuna?

Se mantienen servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios en horario diurno y, vespertino, desde las 16:00 horas.

Se mantiene el servicio de lavado y sanitización de calles y veredas. 

Se suspenden:

  • El servicio de retiro de reciclaje a casas o departamentos.
  • El servicio de retiro de cachureos (sábados).

II. Vacunación contra la influenza

1. ¿Se requiere permiso especial o salvoconducto para vacunarse durante la cuarentena?

Para ir a vacunarse durante el período de cuarentena, no se requerirá salvoconducto o permiso especial. Basta con informar que la persona se dirige hacia o desde la vacunación.

2.   ¿Dónde me inscribo para la vacunación a domicilio?

Ya no estamos recibiendo nuevas inscripciones por el momento.

3.   ¿La vacuna es gratis?

Sí, solo para los grupos objetivos, determinados por el Ministerio de Salud.

4.   ¿Quiénes son los grupos objetivos?

  • Mayores de 65 años
  • Niños entre 6 meses y 10 años
  • Embarazadas desde el primer mes de gestación
  • Personas con enfermedades crónicas (presentando certificado médico si no están inscritos en los CESFAM de la comuna).

5.   ¿Con qué enfermedad crónica puedo ir a vacunarme?

  • Diabetes
  • Enfermedades pulmonares crónicas, específicamente: asma bronquial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, EPOC, fibrosis quística, fibrosis pulmonar de cualquier causa
  • Cardiopatías, específicamente: congénitas, reumáticas, isquémicas y miocardiopatías de cualquier causa
  • Enfermedades neuromusculares congénitas o adquiridas que determinan trastornos de al tragar (deglución) o del manejo de secreciones respiratorias
  • Hipertensión arterial en tratamiento farmacológico
  • Obesidad, con índice de masa corporal mayor o igual a 30
  • Insuficiencia renal en etapa 4 o mayor
  • Insuficiencia renal en diálisis
  • Insuficiencia hepática crónica.

6.   ¿Qué necesito llevar para la vacunación?

Basta presentar su carnet de identidad y en caso que sea una enfermo crónico, presentar su certificado médico que dé cuenta de su condición.

7.   ¿Adónde me puedo ir a vacunar?

La prioridad en este momento la tienen los adultos mayores. Por lo tanto, hay que distinguir si la persona que llama es:

ADULTOS MAYORES DE 65 AÑOS Y NIÑOS ENTRE 6 MESES Y 10 AÑOS, EMBARAZADAS DESDE EL 1er. MES DE GESTACIÓN Y PERSONAS CON ENFERMEDADES CRÓNICAS:

* CESFAM Dr. Aníbal Ariztía, ubicado en Paul Harris N° 1140: lunes a viernes de 8:30 a 19:00 horas y sábados de 9:00 a 12:30 horas.

* Mini consultorio El Pillán, ubicado en El Pillán N° 1981: lunes a jueves de 9:00 a 12:30 y 14:00 a 16:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.

* CESFAM Apoquindo, ubicado en Cerro Altar N° 6611: lunes a viernes de 8:30 a 19:00 horas y sábados de 9:00 a 12:30 horas.

*Colegio Leonardo Da Vinci, ubicado en Cerro Altar N° 6811, lunes a viernes de 8:30 a 19:00, sábados de 09:00 a 12:30 horas.

ADULTOS MAYORES DE 65 AÑOS EN ESTOS RECINTOS (hasta agotar stock diario):

* Mini consultorio Los Dominicos, ubicado en Camino El Alba Nº 9152 : lunes a jueves de 9:00 a 12:30 y 14:00 a 16:00 horas y viernes de 9:00 a 15:30 horas.

* Gimnasio del Estadio Municipal, Paul Harris sur N° 701, desde las 09:00 horas hasta agotar stock de vacunas diarias.

8.   ¿Dónde me puedo inscribir para la vacunación a domicilio?

No estamos recibiendo nuevas inscripciones. Por lo que puede ir a vacunarse a alguno de los puntos de vacunación. 

9.   Me inscribí en la vacunación a domicilio y aún no me llaman, ¿cuándo van a venir?

Es un proceso lento, que va a demorar un tiempo. Estamos partiendo por las personas de edad más avanzada (102 años). Puede revisar si está inscrito en este link: http://tramites.lascondes.cl/

10. ¿Cómo me inscribo para la vacunación en el auto o vacunación drive in?

Por ahora no están agendadas nuevas fechas de vacunación al auto. Cualquier cambio al respecto se informará en nuestra página web y redes sociales.

III. Test rápido:

1.  ¿Adonde puedo hacer el test rápido?

El día 25 de marzo se realizó un piloto de test rápido, se está evaluando este procedimiento y por ahora no hay nuevas fechas agendadas. Cualquier cambio al respecto se informará en nuestra página web y redes sociales. Puedes ver con tu sistema de salud, dónde te puedes realizar el examen. 

IV. Delivery para adultos mayores

1.   ¿Cómo me puedo inscribir para el delivery de adultos mayores?

Se están focalizando ayudas en alimentación y delivery de elementos básicos a Adultos Mayores de más de 75 años que viven solos o con sus parejas y vecinos con alguna discapacidad que vivan solos

Si requiere más información registre sus datos en http://tramites.lascondes.cl/, seleccione la opción “Adulto mayor-delivery”

2.   ¿En qué consiste?

La Municipalidad ofrecerá una caja de alimentos y productos de limpieza para que los adultos mayores no tengan que salir de su casa a comprar. Es una caja que está pensada para una persona, máximo dos.

3.   ¿A quiénes está dirigido?

Adultos mayores de 75 años, que vivan solos o en pareja y, personas con discapacidad.

4.   ¿Qué incluye la caja?

Ofrecemos tres tipos de cajas, pensando en las distintas necesidades:

1. Caja de alimentos: cuenta con productos no perecibles como tallarines, salsa de tomates, lentejas, azúcar, café, aceite, etc.

2. Caja de limpieza: incluye confort, cif crema, jabón, quix, bolsas de basura y más.

3. Caja saludable: contempla productos más saludables como frutas y verduras. Entre ellas, plátanos, manzanas rojas, limones, lechugas, tomates y más.

5.   ¿Cuánto cuesta la caja?

El valor de cada caja es de $25.000 pesos y se puede pagar online o en efectivo, al momento de la entrega. Para aquellos que pertenezcan a grupos vulnerables, se realizará una evaluación telefónica. Esto con el fin de lograr que quienes no puedan pagar, reciban su caja GRATIS. Para más información y/o consultas, ingresa a  http://tramites.lascondes.cl/ o llama a los teléfonos 232625214 / 232625219.

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