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La Municipalidad ofrece el servicio de cajas recaudadoras de multas, impuestos y derechos municipales que establecen las Leyes y Ordenanzas Municipales, en las siguientes instalaciones: Edificio Corporativo, Av. Apoquindo Nº 3.400, Piso -1 y Piso 2; Centro Cívico - Juzgados de Policía Local, Av. Apoquindo Nº 3.300; Dirección de Tránsito, Av. Presidente Riesco Nº 5296.
En caso de realizar pagos de talleres y tarjeta vecino, también los puede realizar en Dirección de Desarrollo Comunitario, Av. Apoquindo N° 9071 y Centro Comunitario Padre Hurtado, Av. Paul Harris Nº1000.
NOTA: estos cajeros no reciben pago de multas.
La Tesorería Municipal a través de la Sección Ingresos ofrece el servicio de obtener un duplicado en forma inmediata del comprobante de pago de la patente municipal efectuado con anterioridad por el contribuyente ante Municipio.
En el caso de Certificado de Otros Derechos, a partir de la fecha de solicitud, se entrega a los 5 días hábiles siguientes, dependiendo de la fecha de pago. Para tal efecto, y en cumplimiento a la Ordenanza sobre Derechos Municipales, el solicitante debe pagar en caja el derecho municipal equivalente a 0.05 UTM Los duplicados de pago de Permisos de Circulación deben ser solicitados en la Dirección de Tránsito, ubicada en Av. Presidente Riesco Nº 5296. El Departamento de Permisos de Circulación emite y entrega en forma inmediata el citado duplicado.
La Tesorería Municipal a través de la Sección Ingresos emite las siguientes certificaciones:
Certificado de No Deuda de Patente Municipal: que exige la Ley de Rentas Municipales para ser presentado en otro Municipio, para la obtención de su autorización de patente municipal. Lo anterior, previo a Resolución de Desenrolamiento efectuado en la unidad de Patentes Municipales de Las Condes. Sin costo para el contribuyente.
Certificado de No Deuda de Patente Municipal, de acuerdo a requerimiento de contribuyente para fines particulares, no válido para obtención de patente en otra comuna. La entrega de este servicio tiene un costo equivalente a 0.05 UTM, conforme a Ordenanza sobre Derechos Municipales.
Entrega de cheques por subsidios y subvenciones. Los subsidios otorgados a Vecinos de la comuna por el Plan de Acción Social, los Aportes y Subvenciones otorgados a las Juntas de Vecinos e Instituciones Privadas sin fines de lucro, se entregan en la Sección Egresos, previa entrega de Certificado de Vigencia y otros antecedentes que acrediten la legalidad del acto.
La Sección Egresos es la unidad encargada de la custodia y manejo de las Cuentas corrientes de los fondos propios de la Municipalidad y de otros fondos entregados por el Gobierno Central para la ejecución de programas sociales. A esta unidad le compete el pago de todos los compromisos propios de ejercicio presupuestario y extra presupuestario, ordenado por el Alcalde mediante Decreto Sección Segunda (decretos de pago). Entre estos, el pago a Proveedores, Honorarios, Consumos Básicos, Impuestos, Fondos de Terceros, Permisos de Circulación Otras Comunas, Programas Sociales y Devoluciones.
Para atender en forma oportuna y expedita, se han habilitado cuatro Procedimientos: Pago Vía Banco, Pago con entrega de Cheques en la Unidad, Pago con envió de Cheques vía Carta Certificada y Depósitos en Cuenta Corriente del Particular o de la Entidad Comercial.
SEl Departamento de Tesorería a través de la Sección Egresos hace devolución de garantías que en su oportunidad, a la fecha de vencimiento de dicho documento, se hicieron efectivas, de impuestos y derechos pagados en duplicidad en la Municipalidad. Para tal efecto, se atiende de lunes a viernes, de 8.30 a 13.30 hrs. y días sábados de 9.30 a 13.30 hrs.
El Departamento de Tesorería Municipal a través de su Sección de Cobranza, entrega información relativa a impuestos y derechos municipales morosos, la que paralelamente se puede encontrar en la página web de la Municipalidad de Las Condes.
El Artículo 48º, de la Ley de Rentas Municipales, Titulo IX, Del Cobro Judicial, señala: “El contribuyente que se constituyere en mora de pagar las prestaciones señaladas en el artículo anterior, quedará obligado, además, al pago de los reajustes e intereses en la forma y condiciones establecidas en los artículos 53º, 54º y 55º del Código Tributario.”
Asimismo, establece en su Artículo 47º, del mismo cuerpo legal, que: “Para efectos del cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendrá mérito ejecutivo el certificado que acredite la deuda emitido por el secretario municipal. La acción se deducirá ante el tribunal ordinario competente y se someterá a las normas del juicio ejecutivo establecidas en el Código de Procedimiento Civil.
La cobranza administrativa y judicial del impuesto territorial se regirá por las normas contenidas en el Título V del Libro III del Código Tributario.”
Los impuestos y derechos municipales que no se paguen en los plazos establecidos en la Ley y en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, se entenderán que están en mora y su pago se regirá por las normas que establece Ordenanza Municipal sobre Permisos de Circulación, Derechos y Patentes Municipales Morosos, como procedimiento para facilitar el pago, incluidos los recargos correspondientes.
Para tal efecto y obtener esta opción de pago, el deudor deberá solicitar por escrito a la autoridad municipal la factibilidad del convenio de pago, y en él, la deuda podrá fraccionarse de hasta doce cuotas mensuales, dependiendo del monto de la deuda y lo establecido en la Ordenanza respectiva. Se paga un 20% al momento de firmarse el convenio y el saldo se pacta en letras de cambio notariales. Las cuotas devengarán IPC e intereses correspondientes a la fecha de su pago.
Los impuestos y gastos de cobranza de las letras de cambio, serán de cargo del deudor.
Para el convenio de pago por impuesto moroso relativo a permisos de circulación, el solicitante debe acreditar domicilio en la Provincia de Santiago.
El pago del convenio comenzará a regir desde el momento de la firma del mismo.
De acuerdo a la reglamentación vigente, el Área de Garantías dependiente de Tesorería Municipal mantiene un control y custodia de todos los documentos de garantía que la Municipalidad solicita a través de las unidades municipales, para garantizar seriedad de ofertas, contratos de fiel cumplimiento, permisos precarios, obras de urbanización, impacto vial, ensanche de calles, reconfiguración de semáforos, permisos por ocupación de espacios públicos, reposición de pavimentos y áreas verdes u otras.
La unidad técnica municipal responsable de supervisar el cometido por el cual ingresó el documento de garantía, es la encargada de informar a Tesorería Municipal que corresponde efectuar la devolución de la garantía al tomador de la misma, o bien presentarla a cobro ante la entidad bancaria por incumplimiento de las obligaciones previamente establecidas entre las partes