Permisos Afecto a Leyes Especiales
Permisos de Circulación
Descripción
Primer Permiso de Circulación
Renovación Permisos de Circulación
Trámites para la Obtencion de Sello Verde (D.S. 211/1991)
Convenio de Pago Permisos Atrasados
Permisos Afecto a Leyes Especiales
Devolución de Dineros por Duplicidad de Pago o Cobro Excesivo
Acogerse a Exención de Pago Ley Nº 18.440
Inspección Ocular
Modificaciones al Permiso de Circulación
Permisos Provisorios
Transferencias por Cambio de Propietario
Duplicado y Fotocopias de Documentos por Pérdida, Extravio o Robo
Registro Municipal de Carros de Arrastre (Remucar)
Certificado de asimilación de vehículos (tasación)
Placas Provisorias para Exhibición
Procedimientos para Solicitar Prescripción de Deuda por Permisos de Circulación Impagos
Control de Taxímetro
Consulta Valor Permiso de Circulación Vehículos Nuevos
Consultas Frecuentes
Requisitos
Ley Nº 17.238 – Franquicias tributarias para la importación de bienes pertenecientes a las personas que señala.
- Declaración de importación que señale estar acogido a la Ley N°17.238
- Inscripción Registro Civil.
- Resolución del Ministerio de Hacienda, autorizando importación del vehículo.
- Resolución COMPIN que acredite la discapacidad del conductor.
- Revisión técnica, análisis de gases o certificado de homologación, seguro automotriz, SOAP.
- El vehículo no puede ser transferido, ni ceder su uso o goce. El permiso de circulación debe tramitarse en el módulo de atención de la Dirección de Tránsito.
Vehículo con liberación aduanera, art 35 de la Ley N°13.039.:
Favorece a los residentes con único domicilio en la I o en la XV regiones, que por alguna razón se trasladen definitivamente al resto del país, sean particulares, funcionarios públicos, personal de la Defensa Nacional (Misiones Antártica) y de Fuerzas Armadas.
Requisitos
- Declaración de importación (DIPS).
- Solicitud primera inscripción.
- Permiso de circulación año anterior (vehículo usado).
- Factura del vehículo.
- Revisión técnica, análisis de gases u homologación, seguro obligatorio vigente – SOAP.
- Cancelan sobre el 50% del valor tasación.
Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores – art 13 de la Ley de Rentas N°3.063
Cancelan sobre el 50% del valor de la tasación, sujeto a prohibición de enajenar o ceder su uso y goce dentro de los dos años siguientes a la fecha de la resolución.