Unidades
Municipales
Desarrollo Comunitario
Desarrollo Comunitario
Objetivos
La Dirección de Desarrollo Comunitario es una unidad asesora y operativa que tiene por objeto la promoción del desarrollo comunitario, definiendo, programando, proponiendo y desarrollando la acción social en la comuna. Tendrá a su cargo la relación del municipio con las organizaciones comunitarias que le encomiende el alcalde, y la ejecución cuando corresponda, de acciones relacionadas con las materias propias de la asistencia social.
Funciones
- Propiciar el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, a través de la implementación de políticas, programas, planes, proyectos y acciones en las diversas áreas de injerencia de dicha Dirección u otras áreas que determine el alcalde, privilegiando su accionar hacia grupos prioritarios y sectores objetivos definidos.
- Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario.
- Elaborar diagnósticos sociales y estudios específicos que permitan detectar los problemas sociales relevantes a nivel comunal y proponer acciones para abordar su solución.
- Promover la constitución de las organizaciones comunitarias, fortalecer su funcionamiento y procurar su activa participación a nivel comunal.
- Desarrollar acciones tendientes a la incorporación de la población económicamente activa al mercado laboral, incentivando la generación de auto empleo, la obtención de trabajo dependiente y la creación de programas de empleo específicos, conforme a la realidad local.
- Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población comunal, de los grupos: infanto-juvenil, adulto, adulto mayor y discapacidad, a través de programas y acciones que aumenten sus oportunidades de desarrollo.
- Desarrollar acciones tendientes a la protección y preservación del medio ambiente y recursos naturales, el fomento de la educación de la comunidad en materias sanitarias y ambientales y la protección de la salud pública.
- El Director de Desarrollo Comunitario ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento, de las siguientes unidades de su dependencia, teniendo las facultades para redistribuir o reasignar funciones, total o parcialmente, entre los distintos departamentos, cuando las necesidades del servicio así lo requieran.
Departamentos
- Departamento de Gestión de Contratos y Talleres
- Departamento de Gestión Territorial
- Departamento de Higiene Ambiental y Zoonosis
- Departamento de Planificación Social y Estudios
- Departamento de Organizaciones Comunitarias
- Departamento de Proyectos de Inversiones en la Comunidad
- Departamento de Subsidios y Programas Sociales